Entre abril y junio de 2020 presentamos la declaración de la renta por los ingresos obtenidos en 2020.
La Administración Pública establece que el 1 de abril se iniciará la campaña de la Renta de 2019, según se publicó en el BOE el pasado 19 de marzo. De esta forma, los ciudadanos podrán presentar sus declaraciones desde este miércoles hasta el 30 de junio.
Además, Hacienda ha fijado como fecha de inicio de las devoluciones fiscales en el 3 de abril.
Evidentemente, hasta que alguien no presenta su declaración, la Administración no puede hacer ninguna devolución fiscal. Es por esto que es particularmente interesante, hacer la declaración de la renta lo antes posible para saber si el resultado es a pagar o a devolver. Si es a pagar, se puede fijar que el pago se haga el último día de manera automática (actualmente el último día es el 30 de junio). Por su parte, si es a devolver se iniciaría el plazo para devolución con lo que la cuantía podría devolverse en cualquier momento, si bien Hacienda tiene un plazo de 6 meses desde el último día de presentación para devolver la cuantía (con los actuales plazos, significaría que tienen hasta el 30/12/2020).
Asimismo, este año la AEAT ha decidido incrementar el control sobre algunas rentas como las de alquiler. También, Hacienda ha recibido datos de más de 100 países sobre más de 1,5 millones de cuentas, todo ello gracias al sistema de intercambio internacional de cuentas bancarias CRS. Desde Piñera del Olmo abogados les recordamos que dichos ingresos, ahorros y/o propiedades pueden tener relevancia tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto sobre el Patrimonio.
En caso de necesitar ayuda para la realización de su renta puede contactarnos y elaboraremos un presupuesto para usted.
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